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miércoles, 23 julio 2014 | Fray Luís Beltrán

Beltrán: Continúa la polémica por suspensión de centros sociales

Los concejales solicitaron la visita de la Jueza de faltas y la intendenta municipal negó la petición y la calificó de “improcedente” la citación del concejo. Además remarcó que la Ley orgánica de Municipalidades la liberaba de dicha citación.
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La clausura de Centros de Jubilados de Fray Luis Beltrán sigue en la agenda de los concejales en vista de destrabar este conflicto entre los grupos sociales y el ejecutivo municipal. Desde las organizaciones de jubilados manifestaron que se les aplicó una clausura sin determinar los fundamentos y condiciones para reglamentar dichos espacios.

En un pedido realizado desde el Concejo Municipal citando a la Jueza de Faltas, Estefanía Bivone los ediles sostienen que se presenten los argumentos referidos a la clausura y documentos con los cuales los funcionarios del área suspendieron las actividades sociales en las entidades afectadas.

Por su parte la intendente municipal, Liliana Canut respondió la misiva negando la concurrencia de la jueza y fundamentando que “no es obligación de la jueza ni de ningún otro funcionario, que no revista el carácter de secretario, presentarse a requerimiento del concejo” y haciendo referencia a los artículos 40 y 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades.

Por otro lado la mandataria calificó de “improcedente” la invitación del concejo Municipal, no niega la suspensión de dichos espacios sociales y cerró el asunto remarcando que las normativas vigentes aplicadas se encuentran en el seno del Honorable Concejo Municipal.

Vale aclarar que dentro de la Ley Orgánica no prohíbe el llamado del concejo funcionarios públicos ni privados para la petición de información. Claro está que el Capítulo que menciona en su respuesta, la intendenta Liliana Canut, hace referencia solamente al funcionamiento del Intendente y el caso de que los ediles soliciten información sobre el funcionamiento del estado municipal.

Por otro lado es importante remarcar que si el ejecutivo utiliza como herramienta la Ley Orgánica debería tener en cuenta que: con negar una petición no está respondiendo a los requerimientos de los concejales y sería una falta grave al Art. 41 inc. 14 de la misma Ley.

En las redes sociales algunos concejales expresaron su bronca publicando la respuesta de la jefa municipal y otros de forma sarcástica hacen referencia a la “democracia” de la intendenta.

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