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martes, 29 enero 2013 | Santa Fe

El 1° de febrero comienza a funcionar el “Registro No Llame”

La Dirección Provincial de Comercio Interior del Ministerio de la Producción, anunció que el 1° de febrero comenzará a funcionar el “Registro para el resguardo del usuario del servicio de telefonía”, más conocido como “Registro No Llame”.
El 1° de febrero comienza a funcionar el “Registro No Llame”

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El director provincial, Leonardo Gianzone, explicó que, de acuerdo con la reglamentación aprobada, el usuario de telefonía –ya sea móvil o fija-, podrá solicitar su inscripción en el registro de dos maneras: personalmente en cualquiera de las delegaciones de la Dirección de Comercio Interior y Servicio, y a través de las Oficinas Municipales de Información al Consumidor que funcionan en 18 municipios de la provincia; o bien llamando a la línea gratuita: 0800 444 0999.

El usuario podrá requerir que la línea sea bloqueada en forma absoluta para cualquier tipo de bienes o servicios ofrecidos o promocionados por vía telefónica, o indicar específicamente respecto de cuales rubros no desea ser molestado (Ej. Bancos/Servicios financieros, Seguros, Telefonía fija o telefonía móvil, Automotores, Electrodomésticos, Medicina Prepaga, Internet).

Gianzone aclaró que “el procedimiento de inscripción en el registro es ágil, rápido y sencillo, y absolutamente gratuito. A través de la línea 0800 444 0999, cualquier usuario de todo el territorio santafesino podrá solicitar su inscripción, sin costo alguno. De cualquier manera, para aquellos que prefieran realizar el trámite de manera personal, podrán hacerlo.”

LEY 13.112

La Ley provincial N° 13.112, que reglamenta esta práctica, establece un sistema de protección para los usuarios de servicios telefónicos contra los abusos en los procedimientos de contacto realizados con fines de promoción, publicidad o propuesta de acceso a bienes o servicios de cualquier naturaleza y por cualquier título que fuere.

Para esto, crea el “Registro para el resguardo del usuario del servicio de telefonía”, en el cual pueden inscribirse todos los usuarios de servicios telefónicos que manifiesten su voluntad de no ser objeto de llamadas no consentidas y que tengan como finalidad la oferta o promoción de bienes y servicios.

Al respecto, Gianzone agregó que la ley prevé tres excepciones o situaciones en las cuales el usuario, a pesar de encontrarse inscripto en el registro, aún podrá recibir ofertas o promociones de bienes o servicios telefónicamente: a) cuando entre la empresa que realiza la oferta o promoción, y el usuario ya exista un contrato que los vincule comercialmente; b) cuando el usuario haya expresamente aceptado recibir ofertas telefónicamente y lo haya hecho a través de una manifestación previa e inequívoca, por escrito o de otro modo equiparable; y c) sean hechas por organizaciones sin fines de lucro.


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